La Organización Mundial de la Salud ha subrayado la inocuidad y ausencia de efectos perjudiciales para la salud de la Terapia Floral en 1984, incluyéndola en su Informe de Medicinas No Tradicionales. Dentro de lo que se entiende por Medicinas No Tradicionales se la considera como de tipo energético o vibracional, ya que su acción terapéutica no se basa en un principio activo desde un punto de vista farmacológico o fitoterapéutico. No es considerada como producto homeopático ya que presenta una única dilución y en su elaboración no tiene lugar la dinamización.
El Principio Básico que define la acción de la Terapia Floral es el desarrollo de la virtud opuesta al defecto que da origen al malestar emocional, postulando que existen patrones mentales y emocionales disarmónicos que contribuyen a desencadenar enfermedades o disfunciones diversas. Las Esencias Florales contribuyen a restablecer o conseguir un equilibrio armónico entre cuerpo, emoción, mente y alma, y constituyen un auténtico modo preventivo de toma de conciencia y de crecimiento personal.